Documento LTM36.208.936

Jurisprudencia

Rubro: Estados Unidos - Medidas antidumping sobre los filetes de pescado procedentes de Viet Nam - Comunicación del Grupo Especial
Ámbitos: Internacional
Fecha: 15/11/2024
Número: 24-8084
Origen: Organización Mundial del Comercio
Tipo resolución: Comunicación
Voces: Derechos antidumping, Medidas antidumping, Solución de diferencias
Caso: DS536



RESUMEN

Resumen de la diferencia hasta la fecha 


El resumen que figura a continuación se actualizó el 4 de octubre de 2024

Reclamación presentada por Viet Nam
El 8 de enero de 2018, Viet Nam solicitó la celebración de consultas con los Estados Unidos en relación con determinadas medidas antidumping sobre los filetes de pescado procedentes de Viet Nam y otros instrumentos jurídicos de los Estados Unidos.
Viet Nam alegó que las medidas parecen ser incompatibles con las siguientes disposiciones:
  • el artículo 1, los párrafos 1, 4 y 4.2 del artículo 2, el artículo 6, el artículo 9, el artículo 11, el párrafo 6 i) del artículo 17 y el Anexo II del Acuerdo Antidumping;
     
  • el párrafo 1 del artículo I, los párrafos 1 y 2 del artículo VI y el párrafo 3 a) del artículo X del GATT de 1994;
     
  • el párrafo 7 del artículo 3, el párrafo 1 del artículo 19 y los párrafos 1, 3 y 5 del artículo 21 del ESD;
     
  • el párrafo 4 del artículo XVI del Acuerdo sobre la OMC; y
     
  • el Protocolo de Adhesión de Viet Nam.

Procedimientos del Grupo Especial y del Órgano de Apelación


El 8 de junio de 2018, Viet Nam solicitó el establecimiento de un grupo especial. En su reunión de 22 de junio de 2018, el OSD aplazó el establecimiento del grupo especial.
En su reunión de 20 de julio de 2018, el OSD estableció un Grupo Especial. El Canadá, China, Egipto, la Federación de Rusia, la India, el Japón, Malasia, Singapur, Tailandia y la Unión Europea se reservaron sus derechos en calidad de terceros.
El 22 de noviembre de 2018, Viet Nam solicitó al Director General que estableciera la composición del Grupo Especial. El 30 de noviembre de 2018, el Director General así lo hizo.
El 10 de mayo de 2019, el Presidente del Grupo Especial informó al OSD de que el Grupo Especial preveía dar traslado de su informe definitivo a las partes a principios de diciembre de 2019. En su comunicación, el Presidente también informó al OSD de que el informe estaría a disposición del público una vez se hubiera distribuido a los Miembros en los tres idiomas oficiales, y de que la fecha de distribución dependía de la finalización de la traducción. El 3 de febrero de 2020, el Presidente del Grupo Especial informó al OSD de que, debido a las complejidades de fondo y de procedimiento de esta diferencia, el Grupo Especial esperaba concluir su labor en febrero de 2020. En su comunicación, el Presidente del Grupo Especial indicó que el Grupo Especial preveía una fecha de distribución estimada en el primer trimestre de 2020. El 4 de junio de 2020, el Presidente del Grupo Especial informó al OSD de que el Grupo Especial había dado traslado de un informe definitivo a las partes el 7 de febrero de 2020, de conformidad con el calendario adoptado después de celebrar consultas con las partes. El Presidente informó también al OSD de que la distribución pública del informe estaba prevista inicialmente para el 17 de marzo de 2020, pero que, debido a la pandemia de COVID-19, el informe no se había distribuido todavía.
El Presidente del grupo especial informó al OSD de varias solicitudes conjuntas de las partes a fin de que el grupo especial pospusiera la emisión de su informe definitivo. En su comunicación más reciente, de fecha 14 de agosto de 2024, el Presidente del grupo especial informó al OSD de que el grupo especial había aceptado una solicitud conjunta adicional de las partes para aplazar la distribución de su informe definitivo hasta el 15 de noviembre de 2024.

TEXTO

Document symbol WT/DS536/25 Document date 15/11/2024 Doc # 24-8084 Access level Public

ESTADOS UNIDOS - MEDIDAS ANTIDUMPING SOBRE LOS
FILETES DE PESCADO PROCEDENTES DE VIET NAM

COMUNICACIÓN DEL GRUPO ESPECIAL
Se ha recibido del Presidente del Grupo Especial la siguiente comunicación, de fecha 14 de noviembre de 2024, con el ruego de que se distribuya al Órgano de Solución de Diferencias (OSD) .
_______________
En una comunicación de fecha 14 de agosto de 2024 (WT/DS536/24), el Grupo Especial informó al Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de que, en respuesta a una solicitud conjunta de los Estados Unidos y Viet Nam, había pospuesto de nuevo la distribución del informe definitivo en el asunto Estados Unidos - Medidas antidumping sobre los filetes de pescado procedentes de Viet Nam hasta el 15 de noviembre de 2024.
El 8 de noviembre de 2024, los Estados Unidos y Viet Nam informaron conjuntamente al Grupo Especial de que todavía seguían manteniendo conversaciones con respecto a la solución de esta diferencia. En ese contexto, solicitaron que el Grupo Especial aplazara nuevamente la distribución del informe definitivo hasta el 14 de febrero de 2025.
En consecuencia, la distribución del informe definitivo queda aplazada hasta el 14 de febrero de 2025.
Le agradecería que tuviera a bien disponer la distribución de la presente carta al OSD.

PROPIEDADES

Título abreviado: Estados Unidos — Filetes de pescado (Viet Nam)
Reclamante: Viet Nam
Demandado: Estados Unidos
Terceros (procedimiento inicial): Canadá; China; Unión Europea; Egipto; India; Japón; Malasia; Federación de Rusia; Singapur; Tailandia
Acuerdos invocados:
(según figuran en la solicitud de celebración de consultas)
Art. I:1, VI:1, VI:2(a), X:3(a)  GATT de 1994
Art. 1, 2.1, 2.4, 2.4.2, 6, 9, 11, 17.6(i), Anexo II  Antidumping
Art. XVI:4  Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio
  Protocolo de Adhesión
Acuerdos invocados:
(según figuran en la solicitud de establecimiento de un grupo especial)
Art. 2, 2.1, 2.4, 2.4.2, 9, 9.1, 9.3, 9.4, 1  Antidumping
Art. VI:1, VI:2  GATT de 1994
Art. 11, 11.1, 11.2, 11.3, 11.4  Antidumping
Parte I, para. 2  Protocolo de Adhesión
Art. 18.4  Antidumping
Art. XVI:4  Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio
Art. VI  GATT de 1994
Art. 6.8, Anexo II, 6.10, 9.2, 18.1, 18.3, 18.4  Antidumping
Consultas solicitadas: 8 de enero de 2018
Establecimiento de un grupo especial solicitado: 8 de junio de 2018
Grupo Especial establecido: 20 de julio de 2018
Grupo Especial constituido: 30 de noviembre de 2018