Documento LTM2.754.278

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Título: Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.
Emisor: SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fecha publicación: 15/11/2024
Ordenamiento: Acuerdo
Boletín: Diario Oficial de la Federación



TEXTO

ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.


Acuerdo 162/2024

Acuerdo por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación
de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo
que se especifica.
ADÁN ENRIQUE GARCÍA RAMOS, Titular de la Unidad de Política de Ingresos no Tributarios y sobre Hidrocarburos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza de 20 kilómetros y en el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea pisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo que se indica, mediante el siguiente
Artículo Único.- Se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables, dentro de la franja fronteriza de 20 kilómetros y del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea pisoria internacional con los Estados Unidos de América, a que se refieren los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 16 al 22 de noviembre de 2024.
Municipios de Tijuana y Playas de Rosarito del Estado de Baja California

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipio de Tecate del Estado de Baja California

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipio de Mexicali del Estado de Baja California

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipio de San Luis Rio Colorado del Estado de Sonora

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipios de Puerto Peñasco y Caborca del Estado de Sonora

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipio de General Plutarco Elías Calles del Estado de Sonora

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipios de Nogales, Sáric, Agua Prieta del Estado de Sonora

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipios de Santa Cruz, Cananea, Naco y Altar del Estado de Sonora

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipio de Janos, Manuel Benavides, Manuel Ojinaga y Ascensión del Estado de Chihuahua

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipios de Juárez, Praxedis G. Guerrero y Guadalupe Estado de Chihuahua

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipio de Coyame del Sotol del Estado de Chihuahua

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipios de Ocampo, Acuña, Jiménez, Guerrero y Zaragoza del Estado de Coahuila de Zaragoza y municipio de
Anáhuac del Estado de Nuevo León

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipios de Piedras Negras y Nava del Estado de Coahuila de Zaragoza

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipio de Hidalgo del Estado de Coahuila de Zaragoza y Nuevo Laredo del Estado de Tamaulipas

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipios de Guerrero, Mier y Valle Hermoso del Estado de Tamaulipas

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
Municipios de Reynosa, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Rio Bravo, Matamoros y Miguel Alemán del Estado de
Tamaulipas

Monto del estímulo:
a) Gasolina menor a 91 octanos:
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 14 de noviembre de 2024.- Con fundamento en el artículo Segundo, tercer párrafo, del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, en suplencia del C. Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, el Titular de la Unidad de Política de Ingresos No Tributarios y Sobre Hidrocarburos, Adán Enrique García Ramos.- Rúbrica.


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