Document LTM36,044,702

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Title: Divorcio por muto acuerdo entre un nacional y un extranjero | Familia
Issuer: Notario



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NÚMERO [Número de escritura]. Ante mí, [Nombre y apellidos del notario], Notario Público con oficina en [Nombre de la ciudad], comparecen los señores [Nombre y apellidos de la esposa], [Profesión u oficio], portadora de la cédula de identidad número [Número], y el señor [Nombre y apellidos del esposo], de nacionalidad [Nacionalidad], [Profesión u oficio], portador del pasaporte número [Número], ambos mayores, casados una vez entre sí, vecinos de [Domicilio exacto] y DICEN I: Que son cónyuges según matrimonio celebrado en el cantón de [Cantón] de la provincia de [Provincia] el día [Día] del mes [Mes] del año [Año], según consta en la Sección de Matrimonios del Registro Civil, Provincia de [Provincia], Costa Rica, bajo el TOMO: [Número], FOLIO: [Número], ASIENTO: [Número]. II: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos cuarenta y ocho, inciso sétimo del Código de Familia y ochocientos treinta y nueve del Código Procesal Civil, han convenido en disolver por mutuo consentimiento el vínculo matrimonial que los une, otorgando al efecto la presente escritura en la que se toman los siguientes acuerdos. PRIMERO: Que la guardia, crianza y educación del hijo [Nombre y apellidos], portador de la pasaporte número [Número], corresponderá al señor [Nombre y apellidos de la esposa o esposo] y la patria potestad le corresponde a ambos progenitores. SEGUNDO: Corresponderá a ambos cónyuges por igual la obligación de alimentar a su hijo; para tal efecto, el señor [Nombre y apellidos], contribuirá con una pensión de [Monto y moneda] mensuales pagaderos los días [Día] de cada mes, con un único aguinaldo anual pagadero el día [Día] de diciembre de cada año de [Monto y moneda] exactos y por concepto de bono escolar la suma de [Monto y moneda] colones exactos pagaderos el día [Día] del mes de enero de cada año. TERCERO: Se eximen ambos progenitores recíprocamente de la obligación de alimentos. (*NOTA: EN CASO DE QUE LAS PARTES DESEEN DEJAR ABIERTA LA POSIBILIDAD DE ESTABLECER UNA PENSIÓN ALIMENTARIA EN EL FUTURO, SE DEBERÁ INDICAR "EL COMPARECIENTE [NOMBRE COMPLETO], TENDRÁ DERECHO A SER ALIMENTADO(A) POR EL SEÑOR(A) [NOMBRE COMPLETO]. LA DETERMINACIÓN DEL MONTO DE DINERO CORRESPONDIENTE A DICHA PENSIÓN, LA REALIZARÁ EL JUZGADO DE PENSIONES ALIMENTARIAS QUE CORRESPONDA*) CUARTO: No existen bienes gananciales. (*NOTA: TAMBIEN SE PUEDE INDICAR: "CUALQUIER BIEN O DERECHO QUE APAREZCA EN PROPIEDAD O POSESIÓN Y QUE HAYA SIDO ADQUIRIDO DURANTE EL MATRIMONIO SERÁ GANANCIAL Y SU LIQUIDACIÓN CORRESPONDERÁ A LA FASE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA."*) ES TODO. Expido un primer testimonio para el Juzgado de Familia. Leo lo escrito a los comparecientes, quienes lo aprueban y juntos firmamos en la ciudad de [Provincia], a las [Horas] horas y [Minutos] minutos del día [Día] del mes de [Mes] del año [Año]

NORMATIVA APLICADA

NORMATIVA RELACIONADA:

CÓDIGO DE FAMILIA ARTÍCULO 48 CAUSALES DE DIVORCIO

CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA NO. 9747. ART. 289 ENTREGA DE PETICIÓN

CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA NO. 9747. ART. 290 PARTICIPACIÓN DE LAS PERSONAS MENORES DE EDAD

CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA NO. 9747. ART.291 NOTIFICACIÓN A QUIEN NO FIRMA LA PETICIÓN

CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA NO. 9747. ART. 292 APROBACIÓN EL ACUERDO

CÓDIGO PROCESAL DE FAMILIA NO. 9747. ART. 293 OPOSICIÓN AL CONVENIO Y PROCEDIMIENTO