Document LTM35,940,705

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Title: Recurso jerárquico ante el Director/a Regional de Gendarmería | Centro o establecimiento penitenciario
Issuer: Parte interesada



COMMENT

El caso se refiere a la aplicación de sanciones por parte de Gendarmería. Generalmente estas sanciones se aplican por la información del parte de la guardia o la información del funcionario de turno. Usted puede reclamar de esta forma de aplicar sanciones, porque no tuvo la posibilidad de defenderse ni dar su versión antes que se le impusiera la sanción. Además, en este caso se le han aplicado dos sanciones, suspensión de visitas y revocación de la salida diaria) por una sola infracción. Para reclamar se puede presentar una acción de amparo o una cautela de garantías. También, ocurre a veces que, Gendarmería informa al juez de garantía de estas sanciones y éstas comunican a quien fue su abogado defensor en el juicio, de modo que este puede comparecer ante el juez y pedir que no se aplique la sanción.

TEXT

......................(ciudad), …. de …… de 20….

Sr. Director Regional de Gendarmería

De mi mayor consideración:

Por medio de la presente me dirijo a Ud. a efectos de que revise la sanción que me fuera impuesta por el Sr. Jefe del Establecimiento de la cárcel de …………………………, con fecha… y …. de ………. de 201…, y que consistió en ………… Para que la deje sin efecto, y me restituyan la conducta que tenía antes de la imposición de esta sanción.

Los hechos por los que se me sancionó consistieron en…………………………, no obstante, según el parte elaborado por el funcionario lo que habría ocurrido fue que……………………………….

Al momento de determinar mi culpabilidad en los hechos,

No se me tomó declaración
No se recibió la prueba de que dispongo, que consiste en ……………………
Se me aplicó una sanción inadecuada de acuerdo al Reglamento
Debido a lo anterior, la sanción que se me ha aplicado resulta ilegal y contrario al Reglamento d Establecimientos Penitenciarios.

Por lo que solicito deje sin efecto la resolución del Jefe del Establecimiento que me la aplicó, y ordenar que se me restituya la evaluación de mi conducta anterior que era……………… y se restablezca mi situación anterior.

Agradeciendo su atención, sabiendo que hará cuanto esté a su alcance por

contemplar la situación planteada, le saluda Atte.

…………………………………… . . . . .

(Firma, aclaración de la firma y cédula de Identidad. Módulo y nombre del establecimiento carcelario)

Modelo de amparo constitucional

Ilustrísima Corte de Apelaciones de _________

……………………………………, cédula nacional de identidad número …………, condenado en causa RIT, del …… Juzgado de Garantía de ………, actualmente cumpliendo condena en la cárcel de ……, a S.S. Ilustrísima digo:

En conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, interpongo acción constitucional de Amparo en contra del Alcaide del Centro de ……. por la dictación de la resolución de castigo Nro. ……. de fecha ………. Que me impuso la sanción de ….. y ……, solicitando a SSI. acoger la acción constitucional, revocando la resolución señalada y dejando sin efecto la sanción disciplinaria dictada. Lo anterior, en base a los siguientes fundamentos:

1. Que con fecha ……………se comunicó la resolución por la cual se aplicó la sanción de …, en virtud de los hechos que se me atribuyeron, consistentes en……….

2. Que, lo que efectivamente ocurrió el día de los hechos fue que….

3. Que para imponerme la sanción no se consideró mi declaración, ni la prueba de que dispongo, sino sólo el parte elaborado por el funcionario.

4. que se impusieron dos sanciones por el mismo hecho; a saber ….

5. Que se me impuso una sanción que no es proporcional a la conducta de la que se me acusa.

6. Si bien corresponde a Gendarmería la facultad de imponer sanciones y resguardar el orden al interior de los penales, al hacerlo deben respetar las normas prevista en el Propio REP, en la Constitución Política y los Tratados Internacionales.

Debido proceso legal.

La determinación de las sanciones o medidas disciplinarias y el control de su ejecución estarán a cargo de autoridades competentes, quienes actuarán en toda circunstancia conforme a los principios del debido proceso legal, respetando los derechos humanos y las garantías básicas de las personas privadas de libertad, reconocidas por el derecho internacional de los derechos humanos.

Gendarmería de Chile es parte de la administración estatal, cumpliendo un rol fundamental en la actividad penitenciaria. Es por esto que "en el entendido que los órganos del Estado que participan del régimen penitenciario forman parte de la Administración del Estado, es evidente que tanto en su organización como en el ejercicio de sus funciones se han de regir por aquel sector del ordenamiento jurídico que se rige a los órganos y personas jurídicas públicas que cumplen una función administrativa, es decir, el Derecho Administrativo”

Un principio del Derecho Administrativo, relevantes al caso de autos, es el debido proceso administrativo, que limita la discrecionalidad.

El "derecho al debido proceso integró todas las garantías que deben observarse en las instancias procesales para que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos/". Dado su carácter transversal, se ha señalado que "el derecho al debido proceso es la piedra angular del sistema de protección de los derechos humanos y un requisito esencial para la existencia de un Estado de Derecho

Por otra parte, la Corte lnteramericana ha señalado que los procedimientos administrativos también están sujetos a las reglas del debido proceso, específicamente deben cumplir con las debidas garantías que establece el artículo 8.1. de la Convención Americana de Derechos Humanos, por lo que se puede afirmar que las personas privadas de libertad que son sometidas a procedimientos disciplinarios tienen el derecho a ser oídas, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un órgano competente, independiente e imparcial.

5. El artículo 21 de nuestra Carta Fundamental, consagra la denominada Acción de Amparo Constitucional, en lo que respecta a nuestro caso, nos remitimos al inciso tercero que señala "El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. La respectiva magistratura dictará en tal caso las medidas indicadas en los incisos anteriores que estime conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado".

6. S.S. Ilustrísima, la sanción disciplinaria que resuelve sancionar al amparado por la supuesta infracción de la …. es un acto arbitrario e ilegal que afecta la libertad personal y la seguridad individual de mi representado en contravención de lo dispuesto en la Constitución, los Tratados Internacionales y las Leyes.

7. Finalmente, el acto arbitrario e ilegal - que por esta vía se busca dejar sin efecto - provoca que mi persona sea sancionada por una falta grave y consecuencialmente la baja de conducta. …

En conclusión¸ la sanción disciplinaria fue impuesta sin dar cumplimiento a los requisitos legales y reglamentarios, por lo que constituye un acto que se aparta del marco tolerado por el Legislador.

POR TANTO, conforme a lo expuesto y el artículo 21 de la Constitución Política, y el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, y demás normativas aplicables;

RUEGO A USÍA ILUSTRISIMA tener por ejercida la acción constitucional de amparo en favor mío y en contra de la resolución de fecha ..., admitirlo a tramitación y acogerlo en todas sus partes, declarando su arbitrariedad e ilegalidad por vulnerar el debido proceso, dejándola sin efecto, y ordenar se constituya de forma extraordinaria el Tribunal de Conducta a fin de subsanar la calificación de conducta del amparado, dejando sin efecto todos los efectos negativos que trajo encadenada la sanción.